SCJN avala a la UIF bloquear cuentas sin orden judicial en casos de delitos financieros
Nacional
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6 de abril del 2026
Por Grupo Informativo Retos
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) pueda bloquear cuentas bancarias sin necesidad de orden judicial, intervención del Ministerio Público o solicitud de autoridades extranjeras, siempre que existan indicios de delitos de origen nacional como lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.
Con una votación de seis contra tres, el Pleno declaró constitucional el artículo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito, al considerar que el congelamiento de cuentas constituye una medida cautelar de carácter administrativo y preventivo, y no una sanción penal. El criterio se fijó al resolver una acción de inconstitucionalidad impulsada por legisladores de oposición, así como dos amparos en casos concretos.
Durante la discusión, la ministra Lenia Batres Guadarrama señaló que los criterios anteriores facilitaron el desbloqueo masivo de recursos, que entre 2018 y 2025 superó los 32 mil millones de pesos. Afirmó que, en ese periodo, la mayoría de los amparos promovidos contra la inclusión en la lista de personas bloqueadas favorecieron a los solicitantes sin analizar a fondo los indicios de operaciones ilícitas.
El proyecto, presentado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf, generó posturas encontradas. En contra se pronunció la ministra Yasmín Esquivel Mossa, quien advirtió que la norma carece de certeza jurídica al no precisar causas ni plazos para el bloqueo, lo que podría abrir la puerta a abusos. A su postura se sumaron los ministros Arístides Guerrero García y Giovanni Figueroa Mejía, este último al considerar que el congelamiento tiene efectos punitivos basados en sospechas.
En contraste, la ministra María Estela Ríos González defendió el nuevo criterio al destacar que la reforma garantiza el derecho de audiencia y el debido proceso para los afectados, y subrayó que el Estado mexicano no debe depender de decisiones extranjeras para actuar en defensa de su sistema financiero. En la misma línea, el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz argumentó que el contexto actual, marcado por la rapidez de las operaciones financieras y la acción de la delincuencia organizada, justifica medidas más ágiles frente a operaciones inusuales.
Como parte de las resoluciones, la Corte también dejó sin efecto jurisprudencias previas que exigían solicitudes internacionales para el bloqueo de cuentas, y confirmó la constitucionalidad de esta medida cuando se base en indicios de actividades ilícitas y respete el derecho de defensa.
En ese marco, el Pleno negó el amparo a la empresa estadounidense Fresh Packing Corporation, vinculada a Vicente Zambada Zazueta —presunto sobrino de Ismael Zambada García—, la cual buscaba el desbloqueo de sus cuentas tras haber sido incluida en la lista de personas bloqueadas de la UIF desde 2020 por presuntos vínculos con el crimen organizado, acusaciones que la compañía ha rechazado.
Con este fallo, la SCJN redefine el alcance de las facultades de la UIF, fortaleciendo su capacidad de acción preventiva en el combate a delitos financieros dentro del país.
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